La aceptación de la herencia es el acto voluntario y libre por el cual una persona llamada a una herencia manifiesta su voluntad de aceptarla. Es un acto individual y no precisa de la intervención de los demás coherederos.
Mediante la aceptación de la herencia, el heredero entra a formar parte del caudal hereditario (bienes y deudas) pero no podrá disponer de él hasta que la herencia haya sido repartida.
Mediante partición de la herencia o reparto, se liquidan las deudas de la herencia y se adjudica la titularidad exclusiva de los bienes entre los herederos.
Documento notariado de Testamento, Documento notariado de declaración de herederos abintestato, Documento notariado de Escritura de aceptación y partición de herencia o adjudicación por título sucesorio, debe de acreditarse la condición de herederos del/los titular/es.